Castilla-La Mancha declara la emergencia cinegética y autoriza la caza de conejos

Una Resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha ha autorizado la caza de conejos por daños en más 300 municipios de las cinco provincias de la autonomía. Villarrubia de Santiago se encuentra entre los pueblos afectados de la provincia de Toledo.


El Gobierno de Castilla-La Mancha ha escuchado las peticiones del sector agrario. Finalmente, la Consejería de Desarrollo Sostenible ha autorizado la caza de conejos por daños. Lo ha hecho a través de una Resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, declarando la emergencia cinegética en más de 300 pueblos de las cinco provincias castellanomanchegas.
Control de daños

Las actuaciones de control se podrán llevar a cabo en terrenos cinegéticos o terrenos no cinegéticos por sus titulares o personas autorizadas por ellos.

En terrenos cinegéticos
Se realizarán en el interior de los cultivos afectados en un área que ocupe una anchura no superior a 300 metros de estos o de 100 metros colindantes con las infraestructuras viarias y de cauces públicos dentro del coto de caza afectado. Siempre con la autorización del titular cinegético.

En terrenos no cinegéticos

En las zonas de seguridad (vías de uso público, vías férreas y dominio público hidráulico), las operaciones de control de daños se realizarán en su interior, donde habiten los conejos y siempre con la autorización expresa de la Administración propietaria del dominio público.

Los conejos capturados en base a esta Resolución deberán darse muerte inmediata.

Para captura en vivo de conejos en la comarca de emergencia cinegética deberá solicitar autorización excepcional de captura a la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de la provincia donde se realice, además de estarse a lo dispuesto en la Resolución de 01/08/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se establecen los requisitos de sanidad animal aplicables al movimiento de conejos de monte capturados vivos en terrenos cinegéticos u otros terrenos no cinegéticos de Castilla-La Mancha, con destino a terrenos cinegéticos o áreas protegidas.
Métodos de captura y períodos de control

En terrenos cinegéticos

Captura mediante hurón y capillo o redes, sin perro, hasta el 8 de febrero de 2021.

Captura mediante hurón y escopeta, exclusivamente durante los siguientes periodos:
Desde la fecha de publicación al 30 de abril 2020, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras.
Del 1 de junio al 15 de agosto de 2020. Autorizado el uso de perros a partir del 1 de agosto.
Durante el periodo hábil de caza del conejo, autorizándose el uso de perros.

Captura con escopeta, del 1 de junio al 15 de agosto de 2020, autorizándose el uso de perros a partir del 1 de agosto.

El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.

En terrenos no cinegéticos (zonas de seguridad viarias o dominio público hidráulico)

Captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 8 de febrero de 2021.

El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.
Situación excepcional durante el Estado de Alarma

Durante la vigencia de la situación excepcional establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las labores de control de poblaciones de conejo en terrenos cinegéticos serán realizadas por sus respectivos vigilantes, así como por el agricultor o persona autorizada por este en la parcela de cultivo afectada, siempre con el conocimiento y la supervisión del titular del terreno cinegético.

Todas las personas en labores de control de poblaciones deben cumplir los siguientes requisitos:
Máximo de dos personas por control, desplazándose en coche, una delante y otra detrás.
Mantener distancia de al menos un metro entre las dos personas.
El certificado de actividad necesario para las personas que se desplazan será la autorización o comunicación previa del control.
Extremar la higiene personal (lavado frecuente de manos), de los equipos de trabajo y transporte, y un correcto uso de los Equipos de Protección Individual (EPIs) siguiéndolas recomendaciones de las autoridades sanitarias.



Fuente: cazavision.com

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